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Sr. Fabio Molina 26 de setiembre, 2006
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No.13661
26 de setiembre, 2006
DCA-2912
Licenciado
Fabio Molina
Alcalde Municipal
Municipalidad de Alajuela
Alajuela
Estimado señor:
Asunto: Se deniega la aprobación al Convenio de Cobro Externo suscrito entre la Municipalidad de Alajuela y el Banco de Costa Rica.
Nos referimos a su Oficio 624 -AM - EX – 06, mediante el cual remite para “conocimiento” de este órgano contralor, el Convenio para la prestación del servicio de cobro externo, suscrito entre ese Municipio y el Banco de Costa Rica.
Como primer punto, debe resaltarse el hecho que su nota no requiere de forma expresa a esta Contraloría General, la aprobación del Convenio de previa cita, aspecto que esa Administración deberá considerar en gestiones futuras de similar naturaleza.
Sin perjuicio de lo anterior y ante el supuesto que su intención sea la de obtener el refrendo para este Convenio, ha de indicarse que realizado el análisis de rigor, se tiene que el Acuerdo de Voluntades suscrito entre esa Municipalidad y el Banco de Costa Rica no es sujeto de aprobación, con fundamento en lo siguiente:
I. Garantía de Fidelidad: En relación con el artículo 108 del Código Municipal, norma que constituye habilitación expresa para que las municipalidades puedan celebrar convenios de recaudación de tributos con cualquier ente del Sistema Financiero y Bancario del país, la División de Asesoría y Gestión Jurídica de este órgano contralor, reconoció que “ al celebrarse el convenio de recaudación se establece una tesorería auxiliar a cargo de —valga la redundancia— un tesorero auxiliar que sería el ente designado y en donde funcionara una caja auxiliar recaudadora. Para ejercer las funciones el tesorero auxiliar debe rendir una garantía de fidelidad”.
Sobre el particular, no constan las razones que motivaron a e ...
Fecha publicación: 24/09/2006
Fecha emisión: 21/09/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
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M.Sc. María Cecilia Aguilar Lara
12 de marzo, 2004
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No.11801
23 de agosto, 2006
DCA-2467
M.Sc.
María Cecilia Aguilar Lara
Alcaldesa Municipal
Municipalidad de Alajuela
Alajuela
Estimada señora:
Asunto: Se refrenda el contrato suscrito entre la Municipalidad de Alajuela y el Consorcio BULK- RABSA S.A.
Nos referimos a su oficio No. 447-AM-EX-06 de fecha 7 de julio del 2006, mediante el cual solicita la aprobación del contrato suscrito entre la Municipalidad de Alajuela y el Consorcio BULK- RABSA S.A., para la prestación del servicio de recolección y transporte de los desechos sólidos ordinarios.
Sobre el particular una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el documento de mérito debidamente aprobado por esta Contraloría General, condicionado a la existencia de contenido presupuestario.
A su vez, no omitimos señalar que, en lo que respecta a la materia de revisión de precios, si bien es cierto, dentro del cartel y la oferta se incluyen una serie de lineamientos, los mismos no son de aplicación para el caso de marras, puesto que, dichos lineamientos no resultan acordes con contrataciones pactadas en moneda extranjera, sino más bien a relaciones negociales pactadas en colones.
Así las cosas, teniendo en consideración que la presente contratación está pactada en US$ dólar, ha de tenerse presente que, en principio, no procede la aplicación de mecanismo alguno de revisión de precios, puesto que, al convertir dichos dólares a colones se produce una revisión automática del precio; a menos que se justifique adecuadamente la incorporación de un mecanismo de revisión de precios para un contrato de esta naturaleza, el cual en todo caso para que pueda ser aplicado deberá cumplir con todos los requisitos
establecidos sobre el particular y ser remitido, mediante el addendum correspondiente, a aprobación de este órgano contralor.
Atentamente,
Lic. Elías ...
Fecha publicación: 26/08/2006
Fecha emisión: 23/08/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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Sra. María Cecilia Aguilar
23 de agosto, 2006
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No.11795
23 de agosto, 2006
DCA-2464
Máster
María Cecilia Aguilar Lara
Alcaldesa Municipal
Municipalidad de Alajuela
Alajuela
Estimada señora:
Asunto: Se refrenda el contrato suscrito entre la Municipalidad de Alajuela y la Empresa Berthier EBI de Costa Rica S.A.
Nos referimos a su oficio No. 446-AM-EX06 de fecha 7 de julio del presente año, mediante el cual solicita la aprobación del contrato suscrito entre la Municipalidad de Alajuela y la Empresa Berthier EBI de Costa Rica S.A., para la prestación del servicio de disposición final de desechos sólidos ordinarios.
Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el documento de mérito debidamente aprobado por esta Contraloría General, condicionado a los siguientes aspectos:
1. A la existencia del contenido presupuestario correspondiente para hacerle frente a la presente relación negocial.
2. A que los servicios que brinda la contratista a otras municipalidades en el relleno sanitario de su propiedad, denominado “Parque de Tecnología Ambiental Uruka”, no se vean afectados negativamente por las prestaciones que implica el contrato de mérito.
3. En lo que respecta a la materia de revisión de precios, si bien es cierto, dentro del cartel se incluyen una serie de lineamientos, los mismos no son de aplicación para el caso de marras, puesto que, dichos lineamientos no resultan acordes con contrataciones pactadas en moneda extranjera, sino más bien a relaciones negociales pactadas en colones.
Así las cosas, teniendo en consideración que la presene contratación está pactada en US$ dólar, ha de tenerse presente que, en principio, no procede la aplicación de mecanismo alguno de revisión de precios, puesto que, al convertir dichos dólares a colones se produce una revisión automática del precio; a menos que se justifique
adecuadamente la inco ...
Fecha publicación: 26/08/2006
Fecha emisión: 23/08/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Lic. Fabio Molina Rojas
25 de julio, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No.. 07116
25 de julio, 2004
DI-AA-1339
Licenciado
Fabio Molina Rojas
Alcalde
Municipalidad de Alajuela
Alajuela
Estimado señor:
Asunto: Análisis del contrato de recaudación suscrito entre la Municipalidad de Alajuela y Mutual Alajuela.
Damos respuesta a su oficio 190-C-2004, del 14 de junio del 2004, mediante el cual remite a estudio el contrato de recaudación suscrito entre la Municipalidad de Alajuela y Mutual Alajuela.
Una vez realizado el análisis de rigor, hacemos las siguientes observaciones:
En otra ocasión está oficina dio respuesta, mediante oficio 7334 (DI-AA-1378) a una consulta realizada por la Municipalidad de El Guarco, en la cual solicitaba la aclaración sobre el procedimiento de contratación con la MUCAP para efectos de que está última brindara el servicio de recolección fiscal, ante lo cual se contesto lo siguiente:
“La necesidad del concurso surge porque en estos casos la municipalidad respectiva deberá realizar erogaciones de dineros públicos como contraprestación por los servicios que se le brinden, las cuales podrían ser altas dependiendo del volumen de captaciones de pagos que se reciban, erogaciones que se convierten en utilidades para quien resulte adjudicatario del servicio. Entonces, no puede pensarse en que se adjudique el contrato a un oferente en forma directa sino que, como ya lo mencionamos, en principio, la mejor forma de proteger el interés público presente en este tipo de actividades es el proceso concursal que respete los principios de la contratación administrativa.
(...)Se colige de lo antes expuesto, que la prestación de este tipo de servicio debe ser sometida a los lineamientos característicos de todo procedimiento de contratación administrativa, en donde resulta la licitación pública el proceso concursal por excelencia. Pese a ello, se recon ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 25/06/2004
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Lic. Fabio Molina
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28-03-2006
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03916
28 de marzo, 2006
DCA-0607
Licenciado
Fabio Molina
Alcalde Municipal
Municipalidad de Alajuela
Alajuela
Estimado señor:
Asunto: Se aprueba el contrato suscrito por esa Municipalidad, con la Empresa WPP Continental de Costa Rica S.A., cuyo objeto es el servicio de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos.
Nos referimos a su oficio 135-AM-EX06 de fecha 2 de marzo del presente año, mediante el cual somete para refrendo el contrato suscrito por esa Municipalidad, con la Empresa WPP Continental de Costa Rica S.A., cuyo objeto es el servicio de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos.
Sobre el particular nos permitimos indicarle que hemos otorgado el refrendo al contrato de marras, sujeto a las siguientes observaciones:
1. Será de exclusiva responsabilidad de esa Municipalidad, garantizarse que durante todo el plazo de ejecución contractual se cuente y se mantengan vigentes los permisos ambientales respectivos, de forma tal que no se imposibilite la prestación del servicio objeto de negociación. Ejecutar el contrato sin contar con tales permisos, se constituiría en una responsabilidad del funcionario que tiene a su cargo el desarrollo de la presente negociación.
Al respecto, ese Municipio también ha de tener presente, que en el evento de que el contratista incumpla con tales permisos, ello podría constituirse en una causal de resolución contractual.
Todo ello, sin detrimento del control que pueda ejercer este Órgano Contralor dentro de sus potestades de fiscalización superior.
2. Siendo que la presente contratación, está pactada US dólar, lo dispuesto en la cláusula octava del contrato respecto al ajuste de los precios, donde se indica que el mismo se hará con base en lo dispuesto en la fórmula de reajuste publicada en la Gaceta No. 232 del 2 de diciembre del año 1982, no resulta aplicable ...
Fecha publicación: 31/03/2006
Fecha emisión: 28/03/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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Fabio Molina Rojas 13 de febrero, 2006
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No.01473
13 de febrero, 2006
DCA-0008
Licenciado
Fabio Molina Rojas
Alcalde Municipal
Municipalidad de Alajuela
Alajuela
Estimado señor:
Asunto: Remite para refrendo el contrato suscrito por esa Municipalidad con la Empresa WPP Continental de Costa Rica, cuyo objeto es la prestación de los servicios de recolección, transporte y disposición final de los desechos sólidos ordinarios del Cantón Central de Alajuela.
Nos referimos a su oficio 1066-AM- EX 05 de fecha 16 de diciembre del año recién pasado, mediante el cual somete para refrendo el contrato suscrito por esa Municipalidad con la Empresa WPP Continental de Costa Rica, cuyo objeto es la prestación de los servicios de recolección, transporte y disposición final de los desechos sólidos ordinarios del Cantón Central de Alajuela.
l-Sobre el particular, nos permitimos indicarle que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 46 de la Ley 8131, Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, los saldos disponibles de las asignaciones presupuestarias caducarán al 31 de diciembre de cada año, siendo que con posterioridad a dicha fecha la única forma de cancelar esa obligación pecuniaria es que consten los recursos en el presupuesto del 2006, siendo que en esta oportunidad los fondos son del 2005, según documento de fecha l9/10/2005 (folio 000018) del expediente administrativo
Cabe resaltar que, de acuerdo con lo arriba expuesto, a la fecha se presenta una imposibilidad jurídica para que se puedan utilizar efectivamente dentro del plazo que señala la ley supracitada.
2- Que en la sesión ordinaria No. 43-05 del martes 25 de octubre del 2005, la Proveeduría Municipal recomienda que se adjudique la Contratación Directa 173-2005 “Contratación de servicios de disposici ...
Fecha publicación: 16/02/2006
Fecha emisión: 13/02/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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Fabio Molina Rojas 24 de enero, 2006
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 1175
24 de enero, 2006
DI-AA-0200
Licenciado
Fabio Molina Rojas
Alcalde
Municipalidad de Alajuela
Alajuela
Estimado señor:
Asunto: Refrendo del “Convenio de Cooperación suscrito entre la Municipalidad de Alajuela y el Instituto Tecnológico de Costa Rica para la programación e implementación del sistema integrado municipal (SINMU).
Damos respuesta a su oficio 1019-AM-EX05, mediante el cual remite a estudio el “Convenio de Cooperación suscrito entre la Municipalidad de Alajuela y el Instituto Tecnológico de Costa Rica para la programación e implementación del sistema integrado municipal (SINMU).
Una vez efectuado el estudio de rigor y, tomando en consideración las observaciones que se hicieran inicialmente en nuestro oficio 2701 (DI-AA-0505) del 8 de marzo del 2005; devolvemos el documento de marras sin refrendo, en razón de lo siguiente:
Mediante el citado oficio 2701/2005, esta Unidad señaló que de acuerdo con el fundamento invocado (artículo 2 inciso c) de la Ley de Contratación Administrativa), el objeto y obligaciones del documento sometido a nuestro análisis, en la especie nos encontrábamos ante un contrato interadministrativo, razón por la cual en una futura gestión debía acreditarse una serie de aspectos para en definitiva lograr la aprobación del mismo por parte de este Órgano Contralor.
En esta oportunidad, se remite el documento negocial en las mismas condiciones de la gestión precedente, acompañado del oficio No. 1019-AM-EX-05, en el que se indica que el referido documento tiene como finalidad el desarrollo e implementación de una solución informática para el municipio, que corrija las deficiencias tecnológicas que le impiden a ésta brindar nuevos y novedosos servicios a la ciudadanía. Que el desa ...
Fecha publicación: 27/01/2006
Fecha emisión: 24/01/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
Lic. Fabio Molina Rojas
20 de octubre, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 04709
22 de abril, 2005
DI-AA-0833
Licenciado
Fabio Molina Rojas
Alcalde Municipal
Municipalidad de Alajuela
Alajuela
Estimado señor:
Asunto: Análisis del convenio y addendum suscrito entre la Municipalidad de Alajuela y la Mutual Alajuela de Ahorro y Crédito.
Damos respuesta a su oficio 159-AM-EX-2005 mediante el cual remite a estudio el convenio y addendum suscrito entre la Municipalidad de Alajuela y la Mutual Alajuela de Ahorro y Crédito.
Una vez analizado el estudio del convenio de marras, lo devolvemos con su correspondiente refrendo indicando que la decisión de remitir a arbitraje debe darse mediante resolución por parte del jerarca de la institución, y sólo podrá versar sobre aspectos disponibles y patrimoniales.
Además queda bajo responsabilidad de la Administración la determinación de la razonabilidad del monto de la comisión cobrada, así como todo pago de la misma deber contar de previo con una autorización por parte de la Ente Municipal y no podrá hacerse dicho cobro mediante rebajo o deducción automática.
Atentamente,
Lic. Alejandro Herrera López
Fiscalizador
Anexo: Un expediente
AHL/lmu
ci Auditora Municipal
Archivo Central
Ni: 5081, 2004003819-3
? Contratos
] ...
Fecha publicación: 30/04/2005
Fecha emisión: 27/04/2005
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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Lic. Fabio Molina Rojas
8 de marzo, 2005
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio Nº 02701
8 de marzo, 2005
DI-AA-0505
Licenciado
Fabio Molina Rojas
Alcalde Municipal
Municipalidad de Alajuela
Alajuela
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de refrendo del Convenio de Cooperación, suscrito entre la Municipalidad de Alajuela y el Instituto Tecnológico de Costa Rica
Damos respuesta al oficio No. 057-AM-EX-2005, mediante el cual somete a nuestra consideración a efecto de otorgar el refrendo constitucional al Convenio de Cooperación, suscrito entre la Municipalidad de Alajuela y el Instituto Tecnológico de Costa Rica, para la programación e implementación del sistema integrado municipal (SINMU).
Sobre el particular, lamentamos devolver sin trámite el respectivo documento, por cuanto esta Contraloría General sólo recibe para el trámite de refrendo los contratos originales celebrados por el Estado y sus instituciones y no fotocopias de esos documentos.
No obstante lo anterior, en un afán de colaboración nos permitimos referirnos a los términos de la copia remitida, en el sentido que habiéndose observado el clausulado de la misma, se desprende de ésta que en la especie nos encontramos ante un contrato de servicios y no propiamente ante un convenio; aspecto que se refuerza con el fundamento legal que las partes invocan, sea el artículo 2 inciso c) de la Ley de Contratación Administrativa, que posibilita a los entes de derecho público contratar de forma directa sin sujeción a los procedimientos ordinarios, siendo menester indicar lo que al respecto dispone el numeral 78 del Reglamento General de Contratación Administrativa:
“78.- Contratos entre entes de derecho público
Los entes de derecho público podrán celebrar entre sí contrataciones sin sujeción a los procedimientos de contratación. En sus relaciones contractuales deberán observar el equilibrio y razonabilidad entre las ...
Fecha publicación: 11/03/2005
Fecha emisión: 08/03/2005
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
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Sra Aracelly Pacheco
1 de octubre, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No.13626
04 de noviembre, 2004
DI-AA-2501
Licenciado
Fabio Molina Rojas
Alcalde Municipal
Municipalidad de Alajuela
Alajuela
Estimado señor:
Asunto: Refrendo al Addendum del contrato para la perforación y encamizado de un pozo, celebrado entre la Municipalidad de Alajuela y la empresa Geotecnia S.A.
Damos respuesta a su Oficio No. 357-C-2004 de 28 de setiembre del año en curso, mediante el cual solicita el refrendo al Addendum del contrato para la perforación y encamizado de un pozo, celebrado entre esa Corporación Municipal y la empresa Geotecnia S.A.
Sobre el particular, una vez visto los términos del Oficio No. 10653 de fecha 6 de setiembre del 2004, mediante en que la División de Asesoría y Gestión Jurídica no objeta la ampliación contractual que se pretende llevar a cabo, estamos otorgando el refrendo de ley al susodicho documento.
Atentamente,
Lic. Elías Delgado Aiza
Fiscalizador
EDA/lmu
ci Archivo Central
Ni: 20989
2004001147-3
( Contratos
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Fecha publicación: 06/11/2004
Fecha emisión: 03/11/2004
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS